Bogotá D.C., 30 de mayo de 2020 (@ViceColombia)
ABC Proyecto de Ley Pedro Pascasio Martínez
I. Mensaje central: En Colombia la lucha contra la corrupción históricamente se ha concentrado en sancionar y condenar a los corruptos, el Estado llega siempre después de que se comete el acto. Con la Ley Pascasio se busca enfocar todos los esfuerzos del Estado en fortalecer los mecanismos de ‘prevención’ de los actos de corrupción a través de la promoción de ‘transparencia’ y mayor cultura de la legalidad.
II ¿Cómo fortalece la prevención con más transparencia?:
1. A través del empoderamiento ciudadano y su protección para que no teman hacer mayor control social de los recursos públicos y denunciar posibles hechos de corrupción. Establece el anonimato en la denuncia con protección de la identidad y prohíbe las retaliaciones.
Dato: En 2019 la encuesta del Barómetro Global de la Corrupción, de Transparencia Internacional, reveló que el 78% de los colombianos temen denunciar por represalias.
2. Se establece un sistema de recolección e intercambio de información abierta y pública relacionada con la ejecución de los recursos públicos y posibles riesgos de corrupción, con el ánimo de generar análisis y alertas tempranas del fenómeno de la corrupción. Sistema administrado por la Presidencia de la República y de acceso público a toda la ciudadanía.
3. Establece la promoción de una cultura de transparencia y ética en el cuidado de lo público en los colegios desde 1º hasta 11º. A través de estrategias dirigidas en valores, promoción de la veeduría ciudadana y lucha contra la corrupción. Esto será promovido por el Ministerio de Educación y las Secretarías de Educación.
4. Fortalece los mecanismo de articulación interinstitucional a través del fortalecimiento de la ‘Comisión Nacional de Moralización’ con el ánimo de priorizar investigaciones o procesos, generando una reacción conjunta frente a los hechos de corrupción.
Dato: En los departamentos y municipios se deberá establecer un ‘Sistema de Prevención y Mitigación del Riesgo de Corrupción’.
5. En oportunidades las empresas o personas jurídicas sirven a las cadenas de corrupción, haciendo difuso el seguimiento de los recursos y sindicados. Se establece un registro de ‘beneficiarios finales’ en donde se conocerá quien ejecutó el delito y para donde se fueron los dinero públicos.
Dato: Entidades internacionales como el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y Fondo Monetario Internacional (FMI), recomendaron expresamente a Colombia adoptar medidas para conocer los beneficiarios finales.
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